DJEMAOUN ABOGADO, bufete en París, con experiencia en derecho de extranjería
Derecho de extranjería
Unas palabras sobre la filosofía del bufete
En bambara (una de las lenguas nacionales de Malí), las palabras “forastero” y “huésped” se combinan en un solo término: “dunan”. Así, no se piensa en el extranjero como alguien que inicialmente está fuera del grupo social en el que se encuentra, sino como un invitado al que se le debe hospitalidad. Esta es la concepción del extranjero en la que se inscribe el bufete.
El paradigma semántico es, por lo tanto, un factor determinante (si no el único) en la concepción que cada uno tiene del extranjero y configura el concepto del derecho de extranjería. En lugar de referirse a una "crisis migratoria", sería más apropiado hablar de una “crisis de acogida” en los Estados miembros de la Unión europea.
Recordemos que “uno siempre es el extraño de alguien”.
Tahar BEN JELLOUN, El racismo explicado a mi hija, Seuil, 1997
¿ Qué es el derecho de extranjería y el derecho a la nacionalidad ?
El derecho de extranjería
Según el artículo L. 110-3 del Código de la Entrada y Estancia de Extranjeros y el Derecho de Asilo (CESEDA), “las personas que no tienen la nacionalidad francesa, ya sea porque tienen una nacionalidad extranjera o porque no tienen nacionalidad, son consideradas extranjeras en el sentido del presente código”.
Por tanto, un extranjero se define por una negativa: no es un nacional.
La ley de extranjería es el conjunto de normas aplicables a quienes no tienen la nacionalidad francesa en el territorio francés. Estas normas pueden referirse a la entrada (visado, zona de espera), la residencia (permiso de residencia, reagrupación familiar) o expulsión (obligación de abandonar el territorio francés, deportación, expulsión, prohibición de residir en el territorio francés) junto a medidas coercitivas (detención administrativa, arresto domiciliario).
El derecho de extranjería difiere del derecho de asilo: no es una solicitud de protección (por ejemplo, debido a la persecución) basándose en la Convención de Ginebra.
Sin embargo, un solicitante de asilo rechazado puede, bajo ciertas condiciones, obtener un permiso de residencia.
Hay que tener en cuenta que una persona a la que la Oficina Francesa de Protección de los Refugiados y Apátridas (OFPRA) o el Tribunal Nacional del Derecho de Asilo (CNDA) le ha concedido el estatuto de refugiado es un extranjero beneficiario de protección.
La noción de extranjero debe distinguirse de otras nociones:
-
Emigrante: persona que se desplaza, lo que puede ser el caso de un temporero.
-
Inmigrante: persona que ha emigrado de su país de origen estableciéndose en otro país. Un inmigrante no es necesariamente un extranjero ya que puede haber adquirido la nacionalidad francesa aunque haya nacido en el extranjero (por derecho de sangre si al menos uno de los progenitores es francés). Por tanto, hay inmigrantes extranjeros e inmigrantes nacionales.
-
Persona de origen extranjero: persona nacida en Francia de padres o abuelos que emigraron a Francia.
Un extranjero que permanezca legalmente en territorio francés puede, bajo ciertas condiciones, obtener la nacionalidad francesa.
El derecho a la nacionalidad :
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) define la nacionalidad como “un vínculo jurídico basado en un hecho social de relación, en una solidaridad efectiva de existencia de intereses y de sentimientos, junto a una reciprocidad de derechos y deberes” (CIJ, 6 de abril de 1955, Nottebohm - Liechtenstein contra Guatemala).
El derecho a la nacionalidad abarca, pues, todas las normas relativas a la atribución, adquisición y pérdida (voluntaria o no) de la nacionalidad francesa.
Existen dos formas de obtener la nacionalidad francesa:
Par concesión :
-
Atribución de la nacionalidad francesa por filiación : "Es francés el hijo del que al menos uno de los progenitores es francés" (Artículo 18 del Código Civil)
-
Atribución de la nacionalidad francesa por nacimiento en Francia, se trata del doble derecho de suelo en la medida en que el niño nacido en Francia es francés si :
-
la identidad de los progenitores es desconocida (artículo 19 del Código Civil)
-
Sus padres son apátridas (artículo 19-1 1° del Código Civil)
-
Sus padres extranjeros no pueden transmitir su nacionalidad (artículo 19-1 2° del Código Civil)
-
Al menos uno de los progenitores ha nacido en Francia (artículo 19-1 del Código Civil)
-
Al menos uno de los progenitores ha nacido en el territorio que, en el momento del nacimiento de este progenitor, tenía el estatus de colonia o territorio de ultramar de la República Francesa y si el niño ha nacido antes del 1 de enero de 1994 (artículo 23 de la ley de 9 de enero de 1973)
-
(argelinos) si al menos uno de sus padres ha nacido antes de la independencia de Argelia, es decir, antes del 3 de julio de 1962, y si el niño ha nacido en Francia después del 1 de enero de 1963 (incluso después del 1 de enero de 1994)
Por adquisición:
-
Adquisición automática: los jóvenes extranjeros nacidos en Francia que residen en el país al alcanzar la mayoría de edad y que han residido habitualmente "durante un periodo continuo o discontinuo de al menos cinco años, desde los once años" obtienen la nacionalidad francesa (artículo 21-7 del Código Civil);
-
Adquisición por declaración:
-
Un menor nacido en Francia de padres extranjeros puede adquirir la nacionalidad francesa por declaración, a partir de los dieciséis años (artículo 21-11 del Código Civil)
-
Sus padres pueden, mediante una declaración, reclamar la nacionalidad para su hijo menor a partir de los trece años, con el consentimiento del niño, que debe residir en Francia desde los ocho años
-
Una persona casada con un nacional francés puede, 4 años después del matrimonio (este plazo puede ampliarse a 5 años si el extranjero, en el momento de la declaración, no justifica haber residido ininterrumpida y regularmente durante al menos tres años en Francia desde la fecha del matrimonio, o no puede acreditar que su cónyuge francés estuviera inscrito en el registro de franceses residentes en el extranjero mientras duraba su vida en común en el extranjero), adquirir la nacionalidad francesa, sujeta a una vida en común, afectiva y material, y a un conocimiento suficiente de la lengua francesa (artículo 21-2 del Código Civil).
-
Una persona de al menos sesenta y cinco años, que haya residido regular y habitualmente en Francia durante al menos veinticinco años y que sea ascendiente directo de un nacional francés (artículo 21-13-1 del Código Civil).
-
Una persona de buena fe que se haya considerado francesa y que haya sido tratada y considerada como tal por las autoridades francesas puede solicitar, mediante declaración, la obtención del estatuto de francés por posesión de estatuto, siempre que haya disfrutado de este estatuto durante los diez años anteriores a su declaración (artículo 21-13 del Código Civil).
-
Un niño adoptado (adopción simple), confiado al servicio de asistencia a la infancia o acogido por un organismo público o privado en Francia, puede, mediante declaración y en determinadas condiciones, obtener la nacionalidad francesa (artículo 21-12 del Código Civil).
-
Un niño nacido en el extranjero de progenitores extranjeros, de los que al menos uno de los hermanos es francés por haber nacido en Francia, que ha residido habitualmente en Francia durante al menos seis años y que ha recibido la escolarización obligatoria en Francia en centros educativos sometidos al control del Estado, puede reclamar la nacionalidad francesa al alcanzar la mayoría de edad (artículo 21-13-2 del Código Civil).
-
Una persona que haya perdido su nacionalidad francesa puede, mediante declaración y en determinadas condiciones, obtenerla de nuevo sin efecto retroactivo: es lo que se conoce como la reintegración a la nacionalidad francesa (artículos 24-2 y 34-2 del Código Civil, en particular).
Por decisión de la autoridad pública:
-
Una persona herida "en el curso o durante un compromiso operativo” puede obtener la nacionalidad por "la sangre derramada" (artículo 21-14-1 del Código Civil).
-
Una persona que haya perdido la nacionalidad francesa puede, en determinadas condiciones, obtener la restitución de la nacionalidad francesa por decreto (artículo 24-1 del Código Civil).
-
Puede obtener la nacionalidad francesa una persona mayor de edad (existe una excepción) que haya residido habitual y regularmente en Francia durante cinco años (este periodo puede reducirse a dos años o incluso no existir) antes de presentar la solicitud, que haya situado el centro de sus intereses en Francia y que cumpla las condiciones de "buena vida y moralidad" de asimilación a la comunidad francesa y tenga un conocimiento suficiente, según su condición, de la lengua francesa (artículos 21-15 a 21-27 del Código Civil).
Por último, existe la posibilidad de retirar la nacionalidad francesa y perderla (por declaración, por observación o por decisión de la autoridad pública).
Las prestaciones del bufete
Samy Djemaoun asiste y representa a ciudadanos extranjeros en todos los procedimientos siguientes:
Derecho de extranjería :
Procedimientos ante la administración :
-
Procedimiento ante la administración:
-
Solicitud de visado a las autoridades consulares
-
Recurso ante la Comisión de Recursos contra las decisiones de denegación de visado de entrada en Francia (CRRV) contra un caso de denegación de visado
-
Solicitud de permiso de residencia temporal para visitantes, estudiantes, programa de movilidad estudiantil, demandantes de empleo o creación de empresa, jovenes au pair, becarios o aprendices ICT (Intra corporate transfer), empleados, trabajadores temporales, empresarios/profesionales, vida privada y familiar
-
Solicitud de tarjeta de residencia plurianual
-
Solicitud de tarjeta de residencia
-
Solicitud de permiso de residencia temporal
-
Solicitud de permiso de trabajo
-
Solicitud de admisión excepcional de residencia para inmigrantes ilegales (regularización)
-
Solicitud de permiso de residencia para nacionales argelinos (acuerdo franco-argelino modificado de 27 de diciembre de 1968)
-
Solicitud de permiso de residencia para nacionales marroquíes (acuerdo franco-marroquí modificado de 9 de octubre de 1987)
-
Solicitud de tarjeta de residencia para nacionales tunecinos (acuerdo franco-tunecino modificado de 17 de marzo de 1988)
-
Procedimiento de reagrupación familiar
Procedimientos jurisdiccionales:
-
Petición de cita en prefectura
-
Recurso contra la denegación de un permiso de residencia (primera solicitud o renovación)
-
Recurso contra la decisión de mantener a una persona en la zona de espera
-
Recurso contra la obligación de abandonar el territorio francés (OQTF)
-
Recurso contra una expulsión
-
Recurso contra prohibición de acceso al territorio (IRTF)
-
Recurso contra la expulsión a efectos de denegación de entrada en el Sistema de Información Schengen (SIS)
Derecho a la nacionalidad :
Procedimientos ante la administración :
-
Solicitud de naturalización (concesión, adquisición)
-
Solicitud de reintegración a la nacionalidad francesa
-
Recurso ante el Ministro de Inmigración, Ministro del Interior, contra una decisión de aplazamiento, de inadmisibilidad, de rechazo de adquisición de la naturalización, de restablecimiento por decreto o de autorización de pérdida de la nacionalidad francesa
Procedimientos jurisdiccionales (tribunal administrativo, tribunal administrativo de apelación, Consejo de Estado):
-
Recurso contra la denegación de un certificado de nacionalidad
-
Recurso contra una decisión de aplazamiento de una solicitud de naturalización o reintegración
-
Recurso contra una decisión de inadmisibilidad de una solicitud de naturalización
-
Recurso contra la decisión de rechazar la adquisición de la naturalización o la reintegración por decreto
-
Recurso contra una decisión de denegación de la autorización de pérdida voluntaria de la nacionalidad francesa
-
Recurso contra un decreto por el que se opone a la adquisición de la nacionalidad francesa
-
Recurso contra un decreto de retirada de la nacionalidad francesa
-
Recurso contra un decreto de revocación de la nacionalidad francesa
-
Recurso contra una decisión del Director de la OFPRA por la que se deniega una solicitud de reconocimiento de apatridia
-
Efecto colectivo